DECRETOS SOBRE LA REGULACIÓN DEL ALOJAMIENTO
Ya hemos empezado a enterarnos de algo
He descubierto que tenemos varias posibilidades de alojamiento. Voy a intentar mostrar aquí un resumen de lo que inicialmente nos interesaría, que sería:
Masia o Casa de pueblo compartida en regimen de alojamiento rural (no es necesario presentar rentas de la actividad agraria)
1.Requisitos a tener en cuenta antes de la compra
.Es obligatorio el empadronamiento de los titulares en el establecimiento de turismo rural. Está claro que nos tendremos que empadronar, al menos uno de nosotros
.Las camas supletorias solo se pueden poner en las habitaciones dobles y triples, siempre bajo petición de la persona usuaria. Tener en cuenta los espacios para que coja una cama además de las ya instaladas
.Los establecimientos de turismo rural tienen que estar situados en el medio rural, dentro de pueblos de menos de 1.000 habitantes o bien aislados e integrados en edificaciones anteriores a 1950. Condición de cara a tener muy en cuenta en nuestra compra
.Barreras arquitectónicas: debe cumplir con la normativa vigente de supresión de barreras arquitectónicas (no tengo ni idea de donde lo podemos sacar, tenemos que investigar)
.No he visto por ningun sitio que hable de un plan de incendios pero creo que tendremos que investigar tambien por que supongo nos tendremos que acoger a alguna normativa
2.Proceso de alta
El empresario se autoclasificará mediante la presentación de la Declaración Responsable. Con posterioridad, la entidad competente verificará la clasificación y en el caso de no ajustarse a la realidad tomará las medidas oportunas por suministrar datos erroneos o incorrectos.
A) Estar habilitados por la normativa local y la legislación de control ambiental de actividades (Por esto cuando tengamos en mente la compra de una vivienda deberíamos ir al ayuntamiento a solicitar el reglamento y ver cual es el proceso para que nos den el ok por su parte en cuanto a reforma-construcción y control ambiental)
B) Disponer del proyecto básico (Entiendo que tiene que ser el proyecto de empresa, tendremos que consultaro). Para nuestro caso solo es necesario disponer de planos o croquis y fotografías. A no ser que la normativa local exija otras cosas.
C) Presentar ante el ayuntamiento, organimos compente o de la oficina de gestión empresarial (OGE), el documento DECLARACION RESPONSABLE (el modelo a presentar está como anexo al final de este doc. me lo tengo que mirar para ver que incluye).
El ayuntamiento (o la entidad que ejerza de ventana única) ya se encarga de gestionarlo con con la OGE)
* Disponer de la documentación que le acredita como propietaria del inmueble
* Cumplir con los requisitos de la normativa turística
* Incluir datos de referencia sobre, persona titular, ubicación, tipo de laojamiento, capadidad y autoclasificación en un grupo, modalidad, categoría y/o especialidad.
Podemos solicitar el informe previo a la presentación de todos estos papeles al ayuntamiento de adecuación del proyecto técnico a la normativa turística a la dirección general competente en materia de turismo. Tambien la presentaremos en la OGE y tendrá una valideza de 6 mses
3.Requisitos técnicos:
Calefación
mobiliario suficiente y en buen estado
servicios higienicos (un baño para cada habitación, un enchufe al lado de cada lavamanos, un pequeño armario, suelos pavimentados y pared enracholada hasta 2,10 o bien revestidas con producto que asegure la impermeabilidad, los sanitarios tienen que disponer de agua fria y caliente y una superficie de baño no inferior a laos 2,50 m2)
habitaciones-dormitorios (ventilación directa al exterior, las individuales de 8m2, las dobles de 12 m2, las triples de 14 m2 y las cuadruples de 16m2, cama individual minima de 0,90, dobles de 1,35, mesita de noche, silla, armario y punto de luz con interruptor al lado de la cama)
la altura mínima de la superficie transitable ha de ser de 2,50 (excepto en el baño)
teléfono
comedor para uso exclusivo de los huespedes y con capacidad máxima coincidente con el número de plazas habilitadas. la superficie util ha de ser de 18 m2 para 6 plazas y se incrementa 1m2 por cada plaza
4.Capacidad
Como mínimo tres ahbitaciones-dormitorio y cinco plazas y como maximo quince plazas distribuidas en habitaciones-dormitorio de una, dos, tres o cuatro plazas
Está prohibido la utilización de sofas camas y literas
5.Limitaciones
No se puede combinar con ningún otro tipo de alojamientop turistico ni instalaciones destinadas a actividades con niños y jovenes ni de restauración
No se puede utilizar o alquilar el espacio para activdades sociales o cualquier tipo de celebración o acto cuando imple la presencia de un número superior de personas a las plazas ofertadas.
(vaya caca por que queríamos hacer cosillas)
Consultas de la legislación Autonómica de Turismo Rural
1. Actualización Noviembre 2011
2.Corrección de erratas
http://www.gencat.cat/eadop/imatges/5786/10351068.pdf
3.Instrucciones para registrar apartamentos turísticos
http://www20.gencat.cat/docs/oge/doc/doc_27732099_1.doc
3. Página donde publican las nuevas normativas
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